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DEDUCIBLE

Cantidad o porcentaje que se resta del monto de cualquier indemnización. Suma o porcentaje previamente establecido dentro de las condiciones de la póliza, que se deduce al momento de indemnizar un siniestro.

DEFINICION DE CONTRATO DE SEGURO

Institución técnica, jurídica, económica, por la que en razón del pago de una prima única o periódica, son indemnizados los daños económicas sufridos en nuestro patrimonio o personas y se recibe una suma, bien sea capital o renta, en lugar y tiempo determinados, al realizarse ciertas eventualidades, independientes de la propia voluntad y previamente establecidas. En primer lugar, el seguro es un contrato, o sea un pacto o convenio entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada y a cuyo cumplimiento pueden ser obligadas. Es, por consiguiente, del todo inapropiada la locución corriente según la cual el interesado compra un seguro a una determinada compañía, pues en realidad el interesado está estipulando un arreglo que contempla obligaciones tanto para la compañía como para él. El hecho que en gran número de casos los derechos y obligaciones de los contratantes estén expresados en un documento que prescinde de la firma del asegurado, no resta al seguro el carácter de pacto; circunstancia que lamentablemente los asegurados olvidan frecuentemente, descuidando leer las cláusulas impresas. El contrato (o póliza) de seguro no adquiere importancia actual sino al producirse un suceso incierto previsto en el mismo, quedando así introducido en la definición el elemento riesgo, que todos comprendemos intuitivamente, aunque lo sea fácil condensarlo en una frase sintética.

DEFINICION DEL SEGURO

Contrato mediante el cual la empresa aseguradora se obliga a indemnizar o a pagar, o a proveer a otra persona un beneficio específico o determinable, al producirse un suceso incierto previsto en el mismo

DERECHOHABIENTES

Normalmente se utiliza este concepto para designar al heredero de una persona y, en consecuencia, beneficiario de los derechos de indemnización establecidos en una póliza (seguro de vida, seguro de accidentes y similares).

DISMINUCION DEL RIESGO

Situación que se produce cuando, por determinados acontecimientos, ajenos o no a la voluntad del asegurado, el riesgo cubierto por una póliza adquiere una peligrosidad inferior a la inicialmente prevista. La disminución del riesgo motiva necesariamente un reajuste en las primas, que puede realizarse con carácter inmediato o a partir del próximo vencimiento del contrato.

DISTRIBUCION DE RIESGOS

Reparto o dispersión de riesgos que la actividad aseguradora precisa para obtener una compensación estadística, igualando los riesgos que componen su cartera de bienes asegurados. Esta distribución puede llevarse a cabo de dos modos principales a través del coaseguro o del reaseguro.

DOBLE INDEMNIZACION

Es una cláusula que se adiciona a ciertas pólizas de vida y que, mediante el pago de una extra prima y bajo ciertas condiciones que la regulan, la compañía aseguradora garantiza que si se produce la muerte del asegurado por accidente durante la vigencia del contrato pero antes de que haya cumplido 60 años de edad, se pagará a los beneficiarlos el doble del capital nominal de la póliza. Equivale a la cobertura de muerte en el Seguro Contra Accidentes Personales.

DOTAL

Es un contrato de Seguro de Vida que estipula el pago del valor nominal de la póliza al final de un período fijo, o a determinada edad del asegurado o a la muerte de este antes de que finalice el período establecido.

DURACION DEL SEGURO

Plazo durante el cual tienen vigencia las garantías de un contrato de seguro. Este plazo comienza con la fecha de efecto inicial de la póliza y finaliza con el vencimiento de ésta, que suele ser un año más tarde; asimismo, es frecuente que la vigencia de una póliza se prorrogue de año en año, salvo indicación en contrato. Pueden concertarse seguros temporales a plazo fijo, superior o inferior a una anualidad, vencido el cual la póliza queda rescindida automáticamente, siendo preciso otro nuevo contrato para continuar la cobertura del mismo riesgo.